
Hace apenas unos días analizábamos en Geoinnova los cambios introducidos por el Real Decreto 764/2026 en el Registro de producción y gestión de residuos. La nueva regulación establecía una estructura común para ordenar la información de entidades, centros e inscripciones y dejaba una cuestión pendiente: ¿qué información del Registro podría consultarse públicamente?
Ya tenemos respuesta.
La Orden TED/1024/2026, de 30 de septiembre, publicada en el BOE el 3 de octubre, determina los datos del Registro de producción y gestión de residuos que tendrán carácter público.
La medida afecta a información relacionada con entidades, centros, gestores, instalaciones de tratamiento, agentes, negociantes, transportistas y otros operadores vinculados a la gestión de residuos.
Para las empresas, esta mayor accesibilidad introduce además una cuestión práctica: comprobar que los datos que figuran en el Registro se corresponden correctamente con su actividad, sus centros y las autorizaciones o comunicaciones que les resultan aplicables.
¿Qué información de las entidades será pública?
La Orden establece en primer lugar los datos públicos relativos a las entidades inscritas.
En el caso de las personas jurídicas podrán consultarse:
- el nombre o razón social;
- el NIF;
- y los datos de dirección de la entidad.
En el caso de las personas físicas se aplican medidas específicas de protección de datos. La identificación se realizará mediante nombre y apellidos acompañados de cuatro cifras numéricas aleatorias del documento identificativo correspondiente y, respecto a la dirección, se mostrará la vinculada a la actividad ejercida.
La regulación busca compatibilizar así el acceso a la información con la protección de los datos personales y del secreto comercial.
NIMA, CNAE y localización de los centros
La información pública alcanza también a los centros asociados a las entidades.
Entre los datos que podrán consultarse se encuentran:
- la entidad a la que pertenece el centro;
- el Número de Identificación Medio Ambiental (NIMA);
- la denominación del centro;
- el CNAE correspondiente a su actividad económica;
- la dirección;
- el emplazamiento;
- y, cuando corresponda, la codificación asociada a PRTR-España.
El NIMA adquiere especial importancia dentro de la nueva estructura registral.
Mientras el NIF identifica a la entidad, el NIMA identifica cada centro. Esto permite que una misma empresa pueda disponer de varios centros y diferentes NIMA vinculados a un único NIF.
También podrán consultarse datos de las inscripciones
Otro de los elementos incluidos entre la información pública son determinados datos relativos a las inscripciones de cada centro.
Con carácter general podrán consultarse:
- el tipo de comunicación previa o autorización;
- el número de inscripción;
- y la fecha de alta.
A partir de este nivel, la información disponible dependerá del tipo de operador y de la actividad registrada.
Esta distinción resulta importante: la Orden no convierte en pública toda la información contenida en el Registro ni establece exactamente los mismos campos para todos los operadores.
¿Qué información será pública sobre gestores e instalaciones de tratamiento?
En el caso de instalaciones de recogida y tratamiento, gestores e instalaciones móviles de tratamiento, la información pública puede alcanzar un mayor nivel de detalle.
Entre los datos previstos se encuentran:
- las operaciones de tratamiento autorizadas;
- la entidad que explota cada operación de tratamiento, cuando corresponda;
- los códigos LER de los residuos cuyo tratamiento se encuentra autorizado para cada operación;
- determinada información ambiental relativa a la declaración de fin de la condición de residuo;
- y la información sobre residuos comunicada a PRTR-España cuando se superen los umbrales establecidos para su publicidad.
Esto permitirá conocer con mayor precisión qué operaciones puede realizar una instalación y para qué residuos dispone de autorización.
Desde el punto de vista operativo, esta información puede facilitar determinadas comprobaciones entre productores, gestores y otros agentes que participan en la cadena de gestión de residuos.
¿Y los agentes, negociantes y transportistas?
La Orden también concreta la información pública correspondiente a agentes, negociantes y transportistas de residuos.
Además de los datos generales de entidad, centro e inscripción que resulten aplicables, podrán consultarse los residuos asociados a su comunicación previa mediante sus correspondientes códigos LER.
Este aspecto puede resultar especialmente útil para comprobar si la actividad registrada de un operador se corresponde con los residuos con los que pretende trabajar.
La consulta del Registro puede convertirse así en una herramienta adicional dentro de las verificaciones previas realizadas entre empresas que participan en determinadas operaciones de gestión y traslado de residuos.
¿Los códigos LER de los productores también serán públicos?
Aquí existe una diferencia importante.
La Orden no establece la publicación general de todos los códigos LER asociados a los productores de residuos.
Para estas inscripciones se hará pública la información relativa a residuos comunicada por los operadores industriales en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR-España) únicamente cuando se superen los umbrales de información pública establecidos en la normativa correspondiente.
El alcance de la información disponible dependerá, por tanto, del tipo de operador y de inscripción.
Sistemas de responsabilidad ampliada del productor
La Orden contempla asimismo información relativa a los sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor.
Entre los datos públicos podrán encontrarse:
- la identificación de los productos para los que el sistema asume las obligaciones de responsabilidad ampliada;
- la información de la entidad administradora del sistema;
- su ámbito territorial de actuación;
- y, en los sistemas colectivos, los tipos de integrantes que forman parte del sistema.
El Registro ofrecerá así información básica que permitirá identificar estos sistemas y conocer su ámbito de actuación.
Otras actividades incluidas en la información pública
La Orden regula además diferentes supuestos vinculados a la gestión de residuos.
Entre ellos se encuentran las operaciones de valorización o eliminación realizadas sin instalación, determinadas operaciones relacionadas con materiales naturales excavados, el almacenamiento de residuos en plataformas logísticas derivado de la logística inversa y las operaciones desarrolladas mediante instalaciones móviles de tratamiento.
Dependiendo de cada supuesto, podrán hacerse públicos datos relacionados con:
- operaciones de tratamiento;
- códigos LER;
- entidades responsables;
- instalaciones móviles;
- o las autorizaciones correspondientes.
El alcance de la información pública dependerá de la naturaleza de cada inscripción.
¿Toda la información ambiental de una empresa será pública?
No.
La Orden TED/1024/2026 delimita expresamente qué campos tienen carácter público.
Además, la norma establece que esta publicidad debe realizarse garantizando la confidencialidad de los datos que puedan considerarse secreto comercial y aplicando las correspondientes garantías en materia de protección de datos personales.
Conviene diferenciar, por tanto, entre la información completa que forma parte del Registro y aquella que podrá ser consultada públicamente.
¿Qué implica para las empresas?
La publicación de estos datos no supone, por sí misma, la creación de una nueva declaración periódica para las empresas.
Sin embargo, la posibilidad de consultar información sobre entidades, centros, inscripciones, autorizaciones, operaciones y determinados residuos hace todavía más importante que la información registral sea correcta y se corresponda con la actividad que realmente desarrolla cada organización.
Para las empresas que producen, gestionan, transportan o intermedian con residuos puede ser un buen momento para revisar:
- la correspondencia entre NIF, centros y NIMA;
- las inscripciones asociadas a cada centro;
- las comunicaciones previas que resulten aplicables;
- la vigencia y adecuación de las autorizaciones;
- los códigos LER vinculados a la actividad cuando corresponda;
- las operaciones de tratamiento autorizadas;
- y la coherencia general entre la actividad desarrollada y la información que figura en el Registro.
Esta revisión adquiere especial interés cuando una empresa dispone de varios centros, desarrolla distintas actividades relacionadas con residuos o ha experimentado cambios en sus instalaciones, autorizaciones o comunicaciones.

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Cada actividad presenta particularidades diferentes: tipo y cantidad de residuos generados, centros de trabajo, operaciones realizadas, autorizaciones, comunicaciones previas, códigos LER o intervención como productor, gestor, transportista, agente o negociante.
En Geoinnova podemos ayudarte a revisar la situación de tu empresa, identificar los trámites que resultan aplicables y acompañarte en la preparación y presentación de la documentación ante la Administración.
Nuestro equipo trabaja en la tramitación de autorizaciones ambientales en materia de residuos y en la preparación de comunicaciones previas para productores, transportistas, agentes y negociantes de residuos.
Si tienes dudas sobre la información que figura en el Registro, necesitas tramitar una nueva inscripción o tu actividad ha cambiado y quieres comprobar qué obligaciones te corresponden, puedes contactar con nuestro equipo para estudiar tu caso.