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Nuevo Reglamento europeo de traslados de residuos y DIWASS: guía práctica para empresas

En nuestro blog analizamos cómo el nuevo reglamento europeo transformará los procedimientos de traslado de residuos y qué papel tendrá DIWASS en este cambio. Te contamos qué obligaciones introduce la normativa, cómo afectará a operadores y administraciones y por qué la digitalización será fundamental para mejorar la trazabilidad y el control de los residuos en…

El 21 de mayo de 2026 entró en aplicación el Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos. Este texto deroga el Reglamento (CE) 1013/2006, vigente durante casi veinte años, y supone el cambio normativo más profundo en la gestión transfronteriza de residuos en la Unión Europea desde 2006.

Para muchas empresas productoras de residuos, gestoras, transportistas y exportadoras de materiales este reglamento no es solo una actualización administrativa. Implica nuevas obligaciones operativas, el abandono definitivo del papel en la tramitación de expedientes y el acceso obligatorio a una plataforma digital europea: DIWASS (Digital Waste Shipment System).

Esta guía está pensada para ayudarte a entender qué exige la nueva normativa, a quién afecta concretamente, cómo funciona el nuevo sistema digital y qué debe hacer tu empresa para estar en regla.

¿Por qué este Reglamento y por qué ahora?

La revisión del marco europeo de traslados de residuos responde a varios objetivos simultáneos. Por un lado, reforzar el control sobre los movimientos de residuos dentro y fuera de la UE, con especial atención a los traslados ilícitos y a las exportaciones hacia países con menor capacidad de gestión ambiental. Por otro, modernizar unos procedimientos que durante décadas se han tramitado en papel, con los consiguientes retrasos, errores documentales y dificultades de seguimiento en tiempo real.

El reglamento también conecta directamente con la agenda europea de economía circular: tener mejor control sobre los flujos de residuos permite identificar materiales recuperables, fortalecer el mercado interior de materias primas secundarias y reducir la dependencia de recursos importados de terceros países.

En cifras: en 2024 se trasladaron alrededor de 26 millones de toneladas de residuos entre Estados miembros bajo el procedimiento de consentimiento informado previo (PIC), y los movimientos de residuos no peligrosos de la denominada «lista verde» dentro de la UE superaron los 50 millones de toneladas. La dimensión del mercado hace que la digitalización de estos procesos tenga un impacto real y directo para miles de operadores en toda Europa.

Principales novedades del Reglamento (UE) 2024/1157

1. Prohibición de exportar residuos destinados a eliminación

Con carácter general, el Reglamento prohíbe las exportaciones desde la UE de residuos destinados a operaciones de eliminación, salvo hacia países de la AELC (Asociación Europea de Libre Comercio) que sean parte del Convenio de Basilea y bajo condiciones muy específicas. Este punto cierra una vía que en el pasado se había utilizado para desviar residuos hacia países con menor exigencia ambiental.

2. Nuevas restricciones para residuos plásticos

Esta es una de las novedades con mayor impacto a corto plazo para las empresas del sector del reciclaje y de la industria manufacturera. Desde el 21 de mayo de 2026, cualquier exportación de residuos plásticos no peligrosos (código B3011) a países terceros queda sujeta al procedimiento PIC, es decir, requiere notificación y autorización previa.

Además, a partir del 21 de noviembre de 2026, quedará directamente prohibida la exportación de residuos plásticos a países no pertenecientes a la OCDE. Las empresas que hasta ahora exportaban este tipo de materiales a destinos en Asia o África deberán replantear sus cadenas de valorización.

3. Digitalización obligatoria: fin del papel en los procedimientos PIC

Todos los traslados sujetos al procedimiento PIC deben tramitarse de forma exclusivamente electrónica desde el 21 de mayo de 2026. Esto incluye:

  • Residuos peligrosos
  • Residuos municipales mezclados
  • Residuos destinados a eliminación
  • Determinados residuos contaminados clasificados en los Anexos IA e IB del Reglamento

Para los residuos de la «lista verde» (Anexo VII, residuos no peligrosos destinados a valorización), existe un período transitorio que permite continuar con los procedimientos en papel hasta el 31 de diciembre de 2026, para facilitar la adaptación al sistema.

4. Trazabilidad y documentación reforzadas

Los traslados deberán ir acompañados de documentación más detallada y armonizada. La Comisión Europea ha desarrollado formularios uniformes y ha establecido, a través del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1290, los requisitos técnicos para el intercambio electrónico de esta información. Un aspecto relevante: los residuos sujetos a notificación no pueden mezclarse con otros residuos ni sustancias desde el inicio del traslado hasta su recepción en destino.

5. Nuevas condiciones contractuales

Los traslados que requieran notificación deben estar amparados por un contrato entre el notificante y el destinatario. Este contrato debe recoger, como mínimo: identidad de las partes, descripción y codificación de los residuos, cantidad, operación de valorización o eliminación prevista, período de validez y una cláusula de responsabilidad en caso de que el traslado no pueda completarse según lo previsto. En ese caso, el organizador del traslado (o el destinatario, si aquel no puede garantizarlo) está obligado a retirar los residuos o asegurar una valorización alternativa.

Adicionalmente, se exige la constitución de una fianza o seguro equivalente que cubra los costes del traslado, incluido el almacenamiento temporal en caso de incidencias.

6. Mayor cooperación entre autoridades e inspección reforzada

El Reglamento establece mecanismos más sólidos de cooperación entre las autoridades competentes de los distintos Estados miembros, con intercambio de información en tiempo real para detectar irregularidades. Los controles e inspecciones deberán ser eficaces, proporcionados y disuasorios, y las autoridades podrán realizar controles conjuntos, incluidos en tránsitos.

Cada Estado miembro estará obligado a establecer sanciones efectivas aplicables a las infracciones del Reglamento.

DIWASS: qué es, cómo funciona y qué implica para tu empresa

Qué es DIWASS

DIWASS (Digital Waste Shipment System) es el sistema electrónico central desarrollado por la Comisión Europea para la presentación e intercambio de información y documentación relativa a traslados de residuos. Está regulado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1290 de la Comisión, de 2 de julio de 2025.

Funciona de dos formas complementarias:

  • Como plataforma de acceso directo para operadores y autoridades a través de una interfaz web (GUI, Graphical User Interface).
  • Como eje de intercambio de datos entre sistemas nacionales propios de algunos Estados miembros, software comercial privado y el sistema central europeo.

Cómo accede España a DIWASS

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y las comunidades autónomashan acordado utilizar DIWASS mediante conexión directa a la plataforma europea. Tanto los operadores económicos como las administraciones utilizarán directamente la aplicación diseñada por la Comisión Europea.

Los operadores también tienen la opción de conectarse mediante su propio software o a través de software comercial, siempre que cumpla los requisitos de interoperabilidad establecidos por la Comisión. Puedes consultar la información oficial sobre DIWASS en la página del MITECO dedicada al sistema.

Cómo registrarse en DIWASS: paso a paso

El proceso de registro conlleva varias etapas diferenciadas:

Paso 1 — Obtener cuenta en EU Login

El acceso a DIWASS se realiza mediante cuenta en EU Login, el sistema centralizado de autenticación de la Comisión Europea. Si tu empresa aún no tiene cuenta, debe crearla en el portal oficial de EU Login antes de cualquier otro trámite.

Paso 2 — Crear el operador económico en DIWASS

Una vez con acceso, el usuario (persona física) debe crear el operador económico correspondiente (la empresa o entidad jurídica). Para identificar al operador, España ha establecido los siguientes identificadores:

  • Número EORI (Economic Operator Registration and Identification): para empresas bajo jurisdicción aduanera de la UE. Es el identificador principal obligatorio según el artículo 9 del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1290.
  • NIF (Número de Identificación Fiscal): para operadores que no tengan obligación de utilizar EORI por no estar sujetos a la normativa aduanera de la UE.

Puedes verificar tu número EORI en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Paso 3 — Crear los emplazamientos

Una vez registrado el operador económico (sede social), deben crearse los distintos emplazamientos: las instalaciones concretas de producción o tratamiento de residuos. Como ya sabemos, en España, cada emplazamiento se identifica mediante el NIMA (Número de Identificación Medio Ambiental), el identificador ya utilizado en el Registro de Producción y Gestión de Residuos (RPGR) y en los documentos de traslado nacionales.

Los emplazamientos deben quedar vinculados al identificador principal del operador (EORI o NIF).

Paso 4 — Acreditar la representación ante la autoridad competente

DIWASS permite a personas físicas crear y gestionar operadores económicos, pero no verifica por sí mismo la relación de representación entre el usuario y la empresa. Para completar el registro, el usuario debe acreditar esa representación ante la autoridad competente que corresponda.

La vía recomendada es un apoderamiento de tipo C inscrito en APODERA (Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado), para el procedimiento específico con código SIA 3252347. Una vez aceptado el apoderamiento por ambas partes, el justificante de aceptación descargable desde APODERA sirve como documento acreditativo.

También son válidos otros medios, como poder notarial, documento privado firmado por poderdante y representante, o documento público inscrito en archivo notarial o registro mercantil.

Paso 5 — Identificar la autoridad competente y obtener la aprobación

La autoridad que debe aprobar el registro del operador económico o el emplazamiento en DIWASS depende de la ubicación:

La autoridad verificará: la validez del EORI o NIF, la coincidencia de datos con el RPGR (en el caso del NIMA), su propia competencia para la aprobación y la representación acreditada por el usuario.

¿A qué empresas afecta directamente este Reglamento?

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Aunque el reglamento es amplio, las obligaciones más inmediatas y exigentes recaen sobre las empresas que realizan traslados transfronterizos de residuos. Concretamente:

Empresas con afectación inmediata (desde el 21 de mayo de 2026):

  • Productoras o poseedoras de residuos peligrosos que los trasladen a otros Estados miembros o a terceros países.
  • Gestores y transportistas con actividad transfronteriza que muevan residuos bajo procedimiento PIC.
  • Empresas que exporten residuos plásticos (código B3011) a cualquier país tercero.
  • Operadores logísticos que intervengan como parte organizada del traslado.

Empresas con plazo hasta el 31 de diciembre de 2026:

  • Empresas que trasladen residuos no peligrosos de la «lista verde» (Anexo VII) entre Estados miembros para su valorización.

Empresas con plazo hasta el 21 de noviembre de 2026:

  • Exportadores de residuos plásticos a países no pertenecientes a la OCDE, que deberán cesar estas exportaciones a partir de esa fecha.

Las empresas que solo generan residuos y los entregan a un gestor autorizado para tratamiento nacional no están directamente afectadas por DIWASS, aunque sí lo están por las obligaciones generales del Reglamento en cuanto a documentación, contratos y trazabilidad si en algún momento sus residuos forman parte de un traslado transfronterizo.

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Qué ventajas operativas aporta el nuevo sistema

Más allá del cumplimiento normativo, la digitalización tiene implicaciones prácticas concretas:

  • Tramitación más rápida: la gestión electrónica elimina los tiempos de espera asociados a la documentación física y los envíos postales.
  • Menos retrasos en frontera: los datos están disponibles en tiempo real para las autoridades de control.
  • Envío automatizado de datos entre sistemas de diferentes países, reduciendo la carga administrativa.
  • Acceso en tiempo real al estado de los expedientes, lo que facilita la planificación logística.
  • Reducción de errores documentales: los formularios digitales y la estandarización reducen los errores que generaban notificaciones devueltas o expedientes bloqueados.

La Comisión Europea estima que DIWASS permitirá reducir los costes administrativos del sector en torno a 1,4 millones de euros anuales gracias a la automatización de procesos.

Errores frecuentes que deben evitar las empresas

Basándonos en la experiencia con otras transiciones normativas en el ámbito ambiental, estos son los puntos donde más fácilmente se producen incumplimientos:

  • No verificar si el EORI está actualizado y activo antes de iniciar el registro en DIWASS.
  • Confundir el operador económico con el emplazamiento: son dos entidades distintas en el sistema. La sede social se registra como operador; cada instalación concreta es un emplazamiento con su propio NIMA.
  • Omitir la acreditación de representación ante la comunidad autónoma, lo que bloquea la aprobación del registro.
  • Dirigirse a la autoridad incorrecta: la competencia depende de dónde esté la sede o el emplazamiento, no de dónde esté el gestor o el notificante.
  • Seguir usando papel para traslados PIC a partir del 21 de mayo de 2026, lo que podría implicar que los expedientes no sean reconocidos como válidos.
  • No revisar los contratos de traslado existentes para asegurarse de que incluyen todas las cláusulas exigidas por el nuevo Reglamento.

Cómo podemos ayudarte desde Geoinnova

La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1157 y la implantación de DIWASS plantean un escenario de adaptación normativa con múltiples aristas: técnicas, administrativas y documentales. Desde Geoinnova, nuestro equipo de consultoría ambiental ofrece apoyo a empresas en todo este proceso:

  • Diagnóstico de situación: identificamos qué traslados de tu empresa están afectados por el nuevo reglamento y en qué procedimiento encuadran.
  • Acompañamiento en el registro DIWASS: te ayudamos a completar el proceso de alta como operador económico y a gestionar la acreditación de representación.
  • Revisión de contratos y documentación de traslado: adaptamos tu documentación a los nuevos requisitos del Reglamento.
  • Formación interna: capacitamos a los equipos de gestión ambiental y logística sobre el funcionamiento de DIWASS y las obligaciones del nuevo marco normativo.
  • Auditorías de cumplimiento: verificamos que tus procedimientos internos estén alineados con las exigencias del Reglamento.

Puedes consultar todos nuestros servicios de consultoría ambiental o contactarnos directamente para una primera valoración de la situación de tu empresa.

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