Área · Territorio y urbanismo
Declaración de Interés Comunitario (DIC) en la Comunitat Valenciana
Tramitamos la Declaración de Interés Comunitario para implantar actividades industriales, terciarias, turísticas, recreativas o energéticas en suelo no urbanizable de la Comunitat Valenciana: memoria, estudios, canon y expediente ante la Generalitat.
Cobertura nacional · Equipo técnico multidisciplinar · Seguimiento del expediente
Resumen del servicio
- Viabilidad del uso en la parcela
- Memoria justificativa y planos
- Estudios de paisaje y ambientales
- Expediente ante la Generalitat
6–18
meses
DIC
Comunitat Valenciana
Definición
¿En qué consiste?
La Declaración de Interés Comunitario (DIC) es la autorización de la Generalitat Valenciana que atribuye un uso y aprovechamiento no agrario a una parcela de suelo no urbanizable común, previa a la licencia municipal. Es la figura valenciana equivalente a las autorizaciones excepcionales o de interés público de otras comunidades, y se exige para actividades industriales y productivas, terciarias, turísticas, recreativas, deportivas o energéticas que necesitan emplazarse en suelo rústico. La DIC fija el plazo del uso, el canon y las obligaciones de restauración; su tramitación combina documentación urbanística, paisajística y ambiental e informes sectoriales.
Marco normativo
¿Cuándo lo necesitas?
Suele ser necesario cuando concurren obligaciones normativas o exigencias de mercado como estas:
Quieres implantar una actividad industrial, terciaria o turística en suelo no urbanizable de la Comunitat Valenciana.
Proyectas un camping, un alojamiento, una instalación deportiva o recreativa fuera del suelo urbano.
Desarrollas una planta fotovoltaica u otra instalación energética que requiere DIC o su tramitación asociada.
Tu actividad existente en suelo rústico carece de DIC o necesita ampliarla, modificarla o prorrogarla.
- Texto refundido de la LOTUP (DL 1/2021, TRLOTUP): usos y aprovechamientos en suelo no urbanizable
- Normativa valenciana de paisaje y de evaluación ambiental
- Planeamiento general municipal
- Legislación sectorial: aguas, carreteras, patrimonio, espacios protegidos
Alcance
Qué incluye el servicio
01
Viabilidad y encaje
Uso admisible en la parcela, parcela mínima, distancias, afecciones y alternativas de emplazamiento.
02
Memoria justificativa
Descripción de la actividad, justificación del emplazamiento rústico y del interés comunitario.
03
Planos y proyecto básico
Ordenación de la parcela, edificaciones, accesos, servicios y medidas correctoras.
04
Estudios de acompañamiento
Integración paisajística, ambiental, inundabilidad, tráfico o compatibilidad, según el caso.
05
Canon y compromisos
Cálculo del canon de uso, plazo, garantías y obligaciones de reposición.
06
Expediente completo
Presentación, informes sectoriales, información pública, alegaciones y resolución de la Generalitat.
Cómo trabajamos
Metodología
Viabilidad
Confirmamos que el uso es admisible en la parcela y estimamos plazos y canon.
Documentación
Redactamos la memoria justificativa, los planos y los estudios exigidos.
Tramitación
Presentamos ante la conselleria competente y gestionamos los informes sectoriales.
Información pública
Atendemos alegaciones y requerimientos y ajustamos el proyecto si procede.
Resolución y licencia
Obtenida la DIC, acompañamos la licencia municipal de obras y actividad.
Ámbito de aplicación
Sectores en los que trabajamos
- Ayuntamientos
- Promotores inmobiliarios
- Energías renovables
- Explotaciones agrarias
- Industria
- Turismo rural
- Particulares
- Administración autonómica
Resolvemos dudas
Preguntas frecuentes
¿Qué actividades necesitan DIC?
Las que suponen un uso no agrario en suelo no urbanizable común: industriales y productivas, terciarias, turísticas, recreativas, deportivas y determinadas instalaciones energéticas. Los usos agrarios, ganaderos y forestales y las viviendas vinculadas a ellos siguen otros trámites.
¿Cuánto tarda la DIC?
Entre seis y dieciocho meses, porque exige informes de varios departamentos, información pública y, a veces, evaluación ambiental. Un expediente completo desde el inicio es lo que más acorta el plazo.
¿Hay que pagar un canon?
Sí. La DIC lleva un canon de uso y aprovechamiento a favor del ayuntamiento, calculado sobre el valor de la inversión o del suelo, que puede reducirse en determinados supuestos. Lo cuantificamos en la fase de viabilidad.
¿La DIC sustituye a la licencia municipal?
No. La DIC es previa y habilita el uso; después hay que obtener la licencia de obras y de actividad del ayuntamiento. Acompañamos las dos fases.
¿Y si mi actividad está fuera de la Comunitat Valenciana?
La DIC es una figura valenciana. En el resto de comunidades el trámite equivalente se llama autorización de uso excepcional, proyecto de actuación, calificación urbanística o declaración de interés público; lo explicamos en Implantación de actividades en suelo no urbanizable.
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