Área · Territorio y urbanismo

Implantación de actividades en suelo no urbanizable autorizaciones excepcionales e interés público

Tramitamos la autorización para instalar tu actividad en suelo rústico —agropecuaria, industrial, turística, terciaria, dotacional, recreativa o energética— con el instrumento que corresponda en tu comunidad autónoma y toda la documentación técnica.

Cobertura nacional · Equipo técnico multidisciplinar · Seguimiento del expediente

Resumen del servicio

  • Instrumento autonómico adecuado
  • Memoria y planos del proyecto
  • Estudios sectoriales y ambientales
  • Tramitación hasta la autorización

4–12

meses según comunidad

SNU

Autorización excepcional

Definición

¿En qué consiste?

Implantar una actividad en suelo no urbanizable exige, además de la licencia municipal, una autorización previa que declare el uso compatible con el suelo rústico y justifique su interés o su necesidad de emplazamiento. Cada comunidad autónoma la regula con su propio instrumento —autorización de uso excepcional, proyecto de actuación, calificación urbanística, declaración de utilidad pública o interés social, autorización de interés público o, en la Comunitat Valenciana, la Declaración de Interés Comunitario—, con requisitos de parcela mínima, distancias, integración paisajística, canon y plazos distintos. Nosotros identificamos el instrumento, redactamos el proyecto y los estudios, y llevamos el expediente hasta la resolución.

Marco normativo

¿Cuándo lo necesitas?

Suele ser necesario cuando concurren obligaciones normativas o exigencias de mercado como estas:

Quieres instalar una explotación agropecuaria, una bodega, una agroindustria o un almacén vinculado al campo.

Proyectas un alojamiento rural, un camping, un restaurante o una actividad recreativa o deportiva en suelo rústico.

Necesitas implantar una nave, un taller, una instalación logística o una dotación que no cabe en suelo urbano.

Desarrollas una planta fotovoltaica, eólica, de biogás o una infraestructura y necesitas la compatibilidad urbanística.

  • Legislación urbanística autonómica (usos autorizables en suelo rústico)
  • Planeamiento general municipal
  • Legislación sectorial: aguas, carreteras, montes, patrimonio, espacios protegidos
  • Ley 21/2013 de evaluación ambiental, cuando procede

Alcance

Qué incluye el servicio

01

Encaje urbanístico

Clasificación del suelo, uso solicitado y justificación de su compatibilidad y de la necesidad de emplazamiento rústico.

02

Instrumento y órgano

Trámite que corresponde en tu comunidad autónoma, requisitos, documentación y órgano que resuelve.

03

Memoria y planos

Descripción de la actividad, edificaciones, accesos, servicios, superficies y parcela mínima.

04

Estudios de acompañamiento

Integración paisajística, ambiental, inundabilidad, tráfico o compatibilidad, según exija el procedimiento.

05

Canon y compromisos

Cálculo del canon de uso, plazo, garantías y obligaciones de reposición cuando la comunidad los establece.

06

Expediente completo

Presentación, informes sectoriales, información pública, alegaciones y subsanaciones hasta la resolución.

Cómo trabajamos

Metodología

Viabilidad

Confirmamos que el uso es autorizable en esa parcela y elegimos el instrumento.

Proyecto

Redactamos la memoria justificativa y los planos con base cartográfica propia.

Estudios

Elaboramos los estudios sectoriales y ambientales que exige el expediente.

Tramitación

Presentamos ante el órgano autonómico o municipal y seguimos informes y plazos.

Autorización y licencia

Obtenida la autorización, acompañamos la licencia municipal de obras y actividad.

Autoridad y experiencia

Por qué Geoinnova

+15

años en consultoría ambiental

+500

proyectos y estudios entregados

100%

cobertura nacional

OT

Planeamiento y territorio

Ámbito de aplicación

Sectores en los que trabajamos

  • Ayuntamientos
  • Promotores inmobiliarios
  • Energías renovables
  • Explotaciones agrarias
  • Industria
  • Turismo rural
  • Particulares
  • Administración autonómica

Resolvemos dudas

Preguntas frecuentes

¿Cómo se llama este trámite en mi comunidad autónoma?

Según la comunidad: autorización de uso excepcional en suelo rústico (Castilla y León, Cantabria), proyecto de actuación o autorización de actuaciones de interés público (Andalucía), calificación urbanística (Castilla-La Mancha, Extremadura), declaración de utilidad pública o interés social (Aragón, Murcia, Baleares), autorización de uso provisional o excepcional (Madrid, Galicia, Canarias) o Declaración de Interés Comunitario (Comunitat Valenciana). Cambian el nombre, el órgano y los requisitos, no la lógica: justificar que el uso es compatible y necesita ese emplazamiento.

¿Qué actividades se pueden autorizar?

Las vinculadas al medio rural casi siempre (agrarias, ganaderas, forestales y sus industrias asociadas). Las demás —turismo rural, campings, restauración, actividades recreativas, industria, logística, dotaciones, energía— solo si la legislación autonómica las contempla como autorizables y se justifica el interés público o la necesidad de emplazamiento rústico.

¿Cuánto tarda?

Entre cuatro y doce meses en la mayoría de comunidades, porque incluye informes sectoriales e información pública. La redacción del proyecto y los estudios la controlamos nosotros; los plazos administrativos, no, pero un expediente completo evita los requerimientos que más lo alargan.

¿Y si la actividad también necesita evaluación ambiental?

Es frecuente en instalaciones renovables, explotaciones ganaderas e industrias. Coordinamos los dos procedimientos y redactamos también el estudio de impacto ambiental, los estudios ambientales para energías renovables y el estudio de integración paisajística.

¿Hay que pagar un canon?

Varias comunidades exigen un canon de uso o una prestación compensatoria por implantar usos no rústicos, calculado sobre el valor de la inversión o del suelo. Lo cuantificamos en la fase de viabilidad para que no sea una sorpresa.

Sin compromiso

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